SG-SST en propiedad horizontal: lo que debe hacer la copropiedad como empleador
Muchos administradores descubren tarde que, cuando la copropiedad contrata directamente a su personal —porteros, aseadores, personal de mantenimiento—, asume obligaciones de empleador, y una de ellas es implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
De dónde viene la obligación
El Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, establece el SG-SST como obligación de todos los empleadores. La Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo define los estándares mínimos que deben cumplir según el tamaño de la empresa y su nivel de riesgo. La copropiedad es empleadora cuando contrata a sus trabajadores directamente.
¿Y si el personal es de una empresa contratista?
Cuando el aseo o la vigilancia están a cargo de una empresa externa, esa empresa es la empleadora y le corresponde implementar su propio SG-SST. Aun así, la copropiedad debe coordinar con ella aspectos de seguridad en las áreas de trabajo, y es prudente solicitar evidencias del cumplimiento.
Qué exige la Resolución 0312
La resolución establece estándares mínimos que varían según el número de trabajadores y la clase de riesgo. En términos generales, para empresas pequeñas con riesgo bajo, el conjunto de estándares es más reducido, y aumenta con el tamaño y el riesgo. El administrador debe verificar en qué categoría se ubica la copropiedad.
Elementos habituales de un SG-SST
- Política de seguridad y salud en el trabajo, firmada por el representante legal.
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos de cada cargo.
- Plan de trabajo anual con objetivos y cronograma.
- Exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro.
- Capacitación y entrenamiento de los trabajadores.
- Plan de emergencias y brigada de emergencia.
- Investigación de accidentes e incidentes de trabajo.
- Afiliación al sistema de riesgos laborales y pago oportuno de aportes.
- Documentación y registros del sistema.
Quién lo ejecuta
La administración, como representante legal de la copropiedad, es responsable de implementarlo. Es frecuente apoyarse en un profesional con licencia en seguridad y salud en el trabajo, que diseñe el sistema y lo mantenga actualizado.
Riesgos de no cumplirlo
El incumplimiento puede acarrear sanciones del Ministerio del Trabajo, responsabilidad en caso de accidentes y complicaciones frente a la ARL. Además, la copropiedad puede quedar expuesta a reclamaciones laborales.
Una recomendación
Si no estás seguro de cumplir con los estándares, solicita una evaluación inicial con un profesional y prioriza las brechas más urgentes. El avance gradual, documentado y constante, es mejor que ignorar el tema.
EDIFINEX incluye recursos humanos, traspaso de turno e inventario para ordenar al personal y a los proveedores del conjunto.
Solicitar demo gratuitaEste artículo es informativo y no constituye asesoría legal. La Ley 675 de 2001 y su interpretación pueden cambiar; para decisiones específicas de tu conjunto o edificio, consulta a un abogado especializado en propiedad horizontal o a la entidad competente de tu municipio.