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Seguros del conjunto: la obligación de asegurar contra incendio y terremoto

Un incendio o un sismo pueden destruir en horas lo que costó décadas construir. Por eso, la Ley 675 de 2001 contempla el seguro de los bienes comunes. Aun así, muchos conjuntos descubren tarde que su póliza está vencida, mal calculada o con exclusiones que no conocían.

Qué dice la ley

El artículo 15 de la Ley 675 distingue dos planos. Por un lado, los seguros contra incendio y terremoto sobre la totalidad del edificio son optativos. Por otro, su parágrafo primero establece que es obligatorio asegurar contra incendio y terremoto los bienes comunes que sean susceptibles de ser asegurados.

Qué conviene asegurar

Quién contrata y paga

La copropiedad contrata los seguros, con cargo al presupuesto. Por eso las primas deben incluirse entre las partidas del presupuesto anual que el administrador presenta a la asamblea. Cada propietario puede, además, asegurar su propia unidad.

Cómo revisar la póliza

Buenas prácticas

En caso de siniestro

Avisar a la aseguradora de inmediato, documentar los daños con fotos y videos, conservar facturas y seguir sus instrucciones. Un siniestro bien documentado se resuelve más rápido.

En resumen: asegurar los bienes comunes asegurables contra incendio y terremoto es obligatorio; conviene revisar valor asegurado, vigencia, exclusiones y deducibles cada año.

EDIFINEX organiza los mantenimientos, el control de acceso y las emergencias del conjunto, con registro de todo lo que se hizo.

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Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. La Ley 675 de 2001 y su interpretación pueden cambiar; para decisiones específicas de tu conjunto o edificio, consulta a un abogado especializado en propiedad horizontal o a la entidad competente de tu municipio.