Revisor fiscal en propiedad horizontal: cuándo es obligatorio y qué hace
El revisor fiscal es una de las figuras que más preguntas genera en las asambleas: ¿hay que contratarlo?, ¿cuánto cuesta?, ¿qué hace exactamente? La Ley 675 de 2001 responde con claridad a la primera pregunta, y da pistas valiosas sobre las demás.
Cuándo es obligatorio
Según el artículo 56 de la ley, el revisor fiscal es obligatorio en los edificios o conjuntos de uso comercial o mixto. En los conjuntos residenciales es opcional: la asamblea puede decidir si lo nombra.
Quién puede serlo
- Debe ser contador público con matrícula vigente, inscrito en la Junta Central de Contadores.
- Lo elige la asamblea general.
- En los conjuntos de uso comercial o mixto, no puede ser propietario ni tenedor de bienes en el edificio donde ejerce, ni tener parentesco, dentro de los grados que fija la ley, con el administrador o con miembros del consejo, ni vínculos comerciales u otras circunstancias que resten independencia.
- En los residenciales, cuando se opta por nombrarlo, la ley contempla que pueda ser propietario, aunque la independencia sigue siendo recomendable.
Qué funciones tiene
El artículo 57 le asigna las funciones previstas en la Ley 43 de 1990 y las que establezca la propia Ley 675. En la práctica, eso incluye:
- Verificar que las operaciones se ajusten a la ley, al reglamento y a las decisiones de la asamblea.
- Revisar la contabilidad, los libros y los estados financieros.
- Dictaminar los estados financieros que se presentan a la asamblea.
- Informar a la asamblea y al consejo sobre irregularidades.
- Vigilar el cumplimiento de obligaciones, como declaraciones y pagos.
Cuándo conviene nombrarlo aunque sea opcional
- Conjuntos grandes, con presupuestos altos y muchos movimientos.
- Comunidades con desconfianza o antecedentes de problemas en el manejo de los recursos.
- Conjuntos con deudas, cobros judiciales o contratos complejos.
Un revisor fiscal da una mirada independiente que protege a la comunidad y al propio administrador.
Cómo elegirlo
Solicita propuestas por escrito, pide referencias de otras copropiedades y aclara el alcance del servicio y los honorarios. Y define cómo y cuándo entregará sus informes.
EDIFINEX emite las cuotas de administración, ordena las cuotas extraordinarias y concilia el banco, para que las cuentas del conjunto estén claras cada mes.
Solicitar demo gratuitaEste artículo es informativo y no constituye asesoría legal. La Ley 675 de 2001 y su interpretación pueden cambiar; para decisiones específicas de tu conjunto o edificio, consulta a un abogado especializado en propiedad horizontal o a la entidad competente de tu municipio.