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Protección de datos personales en la copropiedad: lo que debe cumplir la administración

Una copropiedad guarda más datos personales de los que parece: nombres, cédulas, teléfonos, placas de vehículos, correos, imágenes de cámaras, registros de visitantes y estados de cuenta. Todo eso está sometido a la normativa de protección de datos, y su manejo descuidado puede generar sanciones y reclamos.

El marco legal

La Ley 1581 de 2012 establece el régimen general de protección de datos personales en Colombia, y sus normas reglamentarias desarrollan aspectos como la autorización, el aviso de privacidad y las políticas de tratamiento. La autoridad de control es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Qué datos maneja la administración

Obligaciones básicas

Cámaras de seguridad

Las imágenes son datos personales. Conviene informar su existencia con avisos visibles, limitar el acceso a las grabaciones, definir cuánto tiempo se conservan y entregarlas solo a quienes tengan derecho o por solicitud de autoridad competente. La SIC ha publicado orientaciones sobre videovigilancia que vale la pena consultar.

Listas de morosos y publicación de información

Publicar nombres de propietarios en mora en carteleras o grupos de mensajería es un tema delicado. Antes de hacerlo, revisa el reglamento, la decisión de la asamblea y el posible impacto en la privacidad. Una alternativa prudente es informar los totales de cartera sin identificar a los deudores.

Grupos de mensajería

Compartir datos personales en grupos amplios, como teléfonos o direcciones de otros residentes, puede vulnerar la privacidad. Es mejor definir reglas para esos canales y limitar la información que circula.

Buenas prácticas

En resumen: la administración trata datos de residentes, visitantes y cámaras: debe contar con autorización, política de tratamiento, seguridad razonable y cuidado al publicar información de terceros, incluida la cartera.

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Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. La Ley 675 de 2001 y su interpretación pueden cambiar; para decisiones específicas de tu conjunto o edificio, consulta a un abogado especializado en propiedad horizontal o a la entidad competente de tu municipio.